La Ley de residuos 7/2022 obliga al desarrollo de regímenes de responsabilidad ampliada del productor para los muebles y enseres, para antes de abril del 2025. Como consecuencia, los fabricantes, distribuidores e importadores en el mercado nacional deberán hacerse cargo de la gestión del producto en su final de vida.
El clúster AMBIT ha organizado esta charla en su compromiso por ayudar a las empresas socias en el análisis de la evolución legislativa en medio ambiente y, específicamente, para informar de las ventajas que supondría la creación de un SCRAP.
En esta sesión, de la mano de dos de los principales distribuidores de mobiliario en España, IKEA y El Corte Inglés, se presentó el estado de desarrollo de la legislación, las obligaciones para los productores (fabricantes, distribuidores e importadores) y se reflexionó sobre las posibles iniciativas sectoriales para dar respuesta a las necesidades que plantea la norma, como es la formalización de un SCRAP (Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor).
La sesión se inició tomando la palabra Joaquim Solana y Julio Rodrigo de AMBIT, quiénes además de dar la bienvenida a los más de 100 asistentes, introdujeron algunos conceptos clave sobre la nueva legislación:
- la Responsabilidad Ampliada del Productor - RAP implica que el productor (quién ha puesto el producto en el mercado: fabricante, distribuidor o importador) es también responsable de la gestión del final de vida del producto;
- la Ley/2022 de residuos, de 8 de abril, requiere explícitamente que “en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta ley, se desarrollen regímenes de responsabilidad ampliada del productor para los muebles y enseres…”
- La Ley 7/2022 no ha sido aún desarrollada por ningún Real Decreto. El sector está a tiempo de interactuar con los legisladores sobre el alcance y contenido de dicho Real Decreto (p.ej. productos afectados, cómo cumplir los objetivos…)
- Hay dos posibles vías de cumplimento de la RAP: cumplimiento individual (SIRAP - Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor) o cumplimiento colectivo (SCRAP - Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor).
Los SCRAP no son algo nuevo ni en España ni En Europa. En España hay varios SCRAP en operación (antes SIG): para envases, vidrio, RAEE, neumáticos, pilas, medicamentos, etc.
Francia es el único país de la UE con un SCRAP para muebles: ecomaison. Países Bajos y Bélgica están trabajando en su SCRAP para mobiliario. Francia, Países Bajos y Bélgica tienen sistemas para colchones.
Algunas cifras sobre el SCRAP francés (año 2022) nos permiten visualizar el tamaño de este tipo de sistemas: 9.000 puntos de recogida de residuos; 1,5 millones de toneladas de residuos gestionadas al año; 10.000 fabricantes y distribuidores adheridos al sistema (recaudación de 292 millones de €/año en concepto de ecotasa); acuerdos con unas 600 entidades de economía social y con casi 4.000 ayuntamientos.
Tras esta introducción, Juan Luis Aragonés de IKEA y Francisco Núñez de El Corte Inglés presentaron las implicaciones y afectación de la Ley 7/2022 y del despliegue de la Responsabilidad Ampliada del Productor para el sector, incluyendo las dos opciones para su cumplimiento: individual (SIRAP) o colectivo (SCRAP). Al tiempo que incidieron en las ventajas que supondrían tratar de construir próximamente un sistema colectivo eficiente y efectivo desde el sector.
La sesión concluyó con una interesante ronda de preguntas a los ponentes, durante la cual, y a pesar de la falta de concreción legal en la que nos encontramos, se aclararon muchos conceptos y afloraron algunas ideas a considerar, como la de explorar vías individuales o colectivas para la reutilización de mobiliario (2ª vida) que podrían coexistir con un SCRAP sectorial.
Las empresas interesadas en solicitar más información a IKEA y El Corte Inglés sobre las ventajas de puesta en marcha de un sistema colectivo para el sector de muebles y enseres, pueden hacerlo a través de este enlace.